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Multas que NI TE IMAGINAS que te pueden poner p.ej. recoger un autoestopista…

Cuando se habla de multas, lo más probable es que pienses en radares, controles de alcoholemia, conducir hablando por el móvil… Pero ¿sabías que te pueden multar por “recoger” a un autoestopista?; ¿o por no indicar a la DGT que has cambiado de domicilio? Te contamos las sanciones más extrañas que puedes recibir.

Las multas más habituales… en carretera

– Adelantar con línea continua… Por otro lado, si adelantas en una zona de escasa visibilidad -por ej., un cambio de rasante- te quitarán, además, 4 puntos; te ocurrirá lo mismo si adelantas poniendo en peligro a los coches que vienen de frente.
– Acelerar para no dejarse adelantar… En la medida de lo posible, debes facilitar la maniobra de adelantamiento al coche que circula detrás tuyo. Multa de 200 €.
– Si, al adelantar a un ciclista o peatón que vaya por el arcén no dejas, cómo mínimo, 1,5 m de distancia lateral. Multa de 200 €.
– No hacer caso de las indicaciones de un agente: Ojo, éste deberá indicar en la denuncia el motivo exacto de la sanción. 200 € y 4 puntos.
 Llevar equipaje sin sujetar: Si transportas carga sin elementos de sujeción -por ej., sin baca-… o si se te cae alguna parte del equipaje a la vía. 200 €.
– Parar en un lugar indebido -por ejemplo, para recoger a un autoestopista-: Te pueden poner una multa por un importe a partir de 80 €.

Las más habituales… en la playa

– Llevar la mano o el codo por fuera de la ventanilla… Ojo, te pueden sancionar por “no mantener la atención permanente a la conducción”… aunque, según la Policía, “no multamos por ello… a no ser que, además, se esté conduciendo mal o cometiendo otra sanción”. 80 €.
– Aparcar o circular por la playa… si dicha zona se considera ‘espacio protegido’. 6.000 €.
– Llevar demasiados pasajeros: No puedes llevar en tu vehículo a más personas para las cuales está homologado. Te multarán con 80 € si no superas en más del 50% las plazas del coche -hasta siete personas en un automóvil de cinco plazas-; la sanción será de 200 € si sobrepasas ese porcentaje… sin contar al conductor -más de siete personas en un vehículo de cinco plazas-.
– Tocar el claxon sin motivo: Sólo está permitido para evitar un accidente o para avisar de tu presencia
en vías secundarias. 80 €.
– Llevar la música ‘a tope’: Ojo, la Policía Nacional y la Guardia Civil te sancionarán con 80 € si circulas con la música alta cerca de hospitales… pero, según la ordenanza de contaminación acústica de cada municipio, la Policía Local te puede multar hasta con 6.000 € -como ocurre en la C.Valenciana-. Hasta 6.000 €.

Otras infracciones que se suelen olvidar

– No obedecer una señal… de prohibición de paso -de dirección prohibida, zonas peatonales…-, de maniobras prohibidas -giros, estacionamientos…-. Multa de 200 €.
 No indicar a la DGT que te has cambiado de domicilio: 80 €.

¿Qué hacer si te para la Guardia Civil?

1. No te pongas nervioso: Mantén la calma y presta atención a todos los requerimientos de los agentes. Si les facilitas su trabajo y ven que cooperas, se centrarán en la sanción cometida… y no en otras normas posibles que puedas haber infringido -por ejemplo, no llevar triángulos de emergencia, chaleco…-.
2. No discutas con el agente: Sólo empeorará las cosas; además, puede hacer constar en la denuncia tus malas formas e, incluso, multarte hasta con 600 € por resistirte a la autoridad.
3. No te pueden detener… Recuerda que los agentes no te pueden detener, salvo que supongas un peligro para el resto de los usuarios de la vía -por ejemplo, si te pillan haciendo una carrera ilegal o circulando en dirección contraria-. Simplemente, te pedirán la documentación del coche y tu permiso de conducir para identificarte y cursar la sanción que ha dado pie a que te paren.
4. A qué no te puedes negar… A facilitarles tu DNI -en caso contrario podrían llevarte hasta el cuartel para identificarte allí- y el carnet de conducir. Además, ten en cuenta que, por ejemplo, por negarte a realizar un control de alcoholemia te pueden poner una multa de 301 a 600 € y retirarte hasta tres meses el carnet -no conlleva puntos-, por lo que lo más recomendable es que sigas las instrucciones de los agentes… y luego presentes un recurso ante la DGT explicando por qué no estás de acuerdo con la sanción.

fuente autofacil.